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🩺 Política Ambiental del SAS. Impactos ambientales de actividad sanitaria. Contribución de las tareas de los Celadores al cuidado del medio ambiente. Gestión de residuos en los centros sanitarios. Clasificación, segregación y envasado. Recogida, transporte y almacenamiento. Sistema de registro y control. Minimización de residuos.

1. Política Ambiental del SAS e impactos ambientales de la actividad sanitaria

El Servicio Andaluz de Salud (SAS) integra la sostenibilidad mediante el Plan Estratégico de Gestión Ambiental Integrada del SAS Horizonte 2030 (PGAI), aprobado por Acuerdo de 28 de enero de 2025 del Consejo de Gobierno (BOJA nº 21). Tiene horizonte temporal hasta el 31/12/2030, con 4 líneas estratégicas, 10 objetivos estratégicos, 16 objetivos específicos y 80 actuaciones. Aborda residuos, energía, agua, movilidad sostenible y reducción de emisiones de gases de efecto invernadero. Los centros del SAS implantan sistemas de gestión certificados según UNE-EN ISO 14001 (gestión ambiental) y UNE-EN ISO 50001 (energía). Los principales impactos ambientales de la actividad sanitaria son: generación de residuos (peligrosos y no peligrosos), consumo energético e hídrico, emisiones a la atmósfera, vertidos y emisiones del transporte.

2. Contribución del Celador/a al cuidado del medio ambiente

El Celador/a contribuye con buenas prácticas: separar correctamente los residuos en origen, transportar contenedores y bolsas cerrados sin arrastrarlos, usar ascensores de "sucio" exclusivos para residuos, colaborar en pesaje/registro, ahorrar agua y energía (apagar luces y equipos), y comunicar averías o anomalías en instalaciones de residuos. Es clave en la segregación, recogida y transporte interno.

3. Gestión de residuos: clasificación, segregación y envasado

El Decreto 73/2012, de 20 de marzo (Reglamento de Residuos de Andalucía) clasifica en su art. 109 los residuos sanitarios en cinco grupos:

Los Grupos I y II tienen consideración de residuos municipales (art. 110). Los Grupos III, IV y V son peligrosos y su segregación, envasado, retirada, almacenamiento y entrega a gestor autorizado corresponde al productor (art. 111).

4. Recogida, transporte interno y almacenamiento

El transporte interno se realiza en contenedores cerrados y remolcables hasta el almacén de cada centro, sin arrastrar las bolsas. Los ascensores empleados son de uso exclusivo para residuos. El tiempo máximo de almacenamiento temporal de residuos peligrosos es de 6 meses (prorrogable a 1 año con autorización), según el art. 16 del Decreto 73/2012. Los infecciosos sin refrigerar se almacenan poco tiempo; con refrigeración por debajo de 4 ºC se amplía el plazo.

5. Sistema de registro, control y minimización

El productor lleva el Libro de Registro de residuos peligrosos y completa el documento de control y seguimiento y la carta de porte en cada entrega al gestor/transportista. La trazabilidad WEB remite la información a la Consejería de Medio Ambiente. La minimización reduce o suprime la producción de residuos y posibilita reciclado/reutilización; el SAS realiza un estudio de minimización de residuos peligrosos cada cuatro años.

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Preguntas de muestra (35)

1. ¿Qué norma aprueba el Reglamento de Residuos de Andalucía?

  1. El Decreto 73/2012, de 20 de marzo
  2. El Decreto 81/2012, de 25 de abril
  3. La Ley 73/2012, de 20 de marzo
  4. El Real Decreto 73/2012, de 20 de marzo

El Reglamento de Residuos de Andalucía se aprueba mediante el Decreto 73/2012, de 20 de marzo, publicado en el BOJA nº 81, de 26 de abril de 2012.

2. ¿Qué órgano y mediante qué tipo de disposición aprobó el Plan Estratégico de Gestión Ambiental Integrada del SAS Horizonte 2030 (PGAI)?

  1. El Consejo de Gobierno, mediante Acuerdo de 28 de enero de 2025
  2. El Consejo de Ministros, mediante Real Decreto de 28 de enero de 2025
  3. El Parlamento de Andalucía, mediante Ley de 28 de enero de 2025
  4. La Consejería de Salud, mediante Orden de 28 de enero de 2025

El PGAI del SAS Horizonte 2030 fue aprobado por Acuerdo de 28 de enero de 2025 del Consejo de Gobierno, publicado en el BOJA nº 21 de 2025.

3. ¿Cuál es el horizonte temporal del Plan Estratégico de Gestión Ambiental Integrada del SAS (PGAI)?

  1. Hasta el 31 de diciembre de 2030
  2. Hasta el 31 de diciembre de 2025
  3. Hasta el 28 de enero de 2030
  4. Hasta el 31 de diciembre de 2035

El PGAI del SAS Horizonte 2030 tiene un horizonte temporal que se extiende hasta el 31 de diciembre de 2030.

4. ¿En cuántas líneas estratégicas y objetivos estratégicos se estructura el PGAI del SAS Horizonte 2030?

  1. 4 líneas estratégicas y 10 objetivos estratégicos
  2. 10 líneas estratégicas y 4 objetivos estratégicos
  3. 4 líneas estratégicas y 16 objetivos estratégicos
  4. 16 líneas estratégicas y 80 objetivos estratégicos

El PGAI del SAS Horizonte 2030 se estructura en 4 líneas estratégicas y 10 objetivos estratégicos.

5. Además de las líneas y objetivos estratégicos, ¿cuántos objetivos específicos y actuaciones concretas contempla el PGAI del SAS Horizonte 2030?

  1. 16 objetivos específicos y 80 actuaciones concretas
  2. 10 objetivos específicos y 16 actuaciones concretas
  3. 4 objetivos específicos y 80 actuaciones concretas
  4. 80 objetivos específicos y 16 actuaciones concretas

El PGAI del SAS Horizonte 2030 contempla 16 objetivos específicos y 80 actuaciones concretas, que complementan sus 4 líneas estratégicas y 10 objetivos estratégicos.

6. ¿Cuál de las siguientes NO es una de las cuatro líneas estratégicas del PGAI del SAS Horizonte 2030?

  1. Eliminación física de los residuos peligrosos por incineración exclusiva
  2. Gobernanza ambiental y energética
  3. Mejora del desempeño ambiental y energético
  4. Formación, sensibilización, comunicación y difusión ambiental

Las cuatro líneas estratégicas del PGAI son: gobernanza ambiental y energética; mejora del desempeño ambiental y energético; herramientas de evaluación, seguimiento y medición; y formación, sensibilización, comunicación y difusión ambiental. La eliminación física por incineración exclusiva no figura entre ellas.

7. Una de las líneas estratégicas del PGAI se refiere a las herramientas de evaluación. ¿Cómo se denomina completa esta línea?

  1. Herramientas de evaluación, seguimiento y medición
  2. Herramientas de control, sanción y vigilancia
  3. Herramientas de eliminación, valorización y reciclaje
  4. Herramientas de gobernanza ambiental y energética

Entre las cuatro líneas estratégicas del PGAI figura la de herramientas de evaluación, seguimiento y medición.

8. El PGAI del SAS Horizonte 2030 contempla la implantación de un Sistema de Gestión de la Energía certificable. ¿Bajo qué norma internacional?

  1. UNE-EN ISO 50001
  2. UNE-EN ISO 14001
  3. UNE-EN ISO 9001
  4. UNE 53-147-85

El PGAI contempla la implantación de un Sistema de Gestión de la Energía certificable bajo la norma internacional UNE-EN ISO 50001.

9. ¿Conforme a qué norma certifican los centros del SAS su gestión medioambiental para los servicios médico-hospitalarios?

  1. UNE-EN ISO 14001
  2. UNE-EN ISO 50001
  3. UNE-EN ISO 45001
  4. UNE 53-147-85

Los centros del SAS certifican su gestión medioambiental conforme a la norma UNE-EN ISO 14001 para los servicios médico-hospitalarios.

10. Según el artículo 3 del Decreto 73/2012, ¿qué comprenden las actividades sanitarias?

  1. Hospitales, clínicas, consultas, centros socio-sanitarios, laboratorios de análisis clínicos, centros de atención primaria y cualquier otra relacionada con la salud humana o animal
  2. Exclusivamente los hospitales y las clínicas de titularidad pública
  3. Únicamente los centros de atención primaria y los laboratorios de análisis clínicos
  4. Solo las actividades relacionadas con la salud humana, quedando excluida la salud animal

El artículo 3 del Decreto 73/2012 define las actividades sanitarias como las correspondientes a hospitales, clínicas y sanatorios de medicina humana o animal, consultas, centros socio-sanitarios, laboratorios de análisis clínicos, centros de atención primaria y cualquier otra que tenga relación con la salud humana o animal.

11. Según el artículo 3 del Decreto 73/2012, ¿qué operaciones comprende la gestión de residuos?

  1. La recogida, el almacenamiento, el transporte y el tratamiento de los residuos, incluida la vigilancia de estas operaciones
  2. Únicamente la recogida y el transporte de los residuos
  3. Solo el tratamiento final y la eliminación de los residuos
  4. Exclusivamente el almacenamiento y la valorización energética

El artículo 3 del Decreto 73/2012 define la gestión de residuos como la recogida, el almacenamiento, el transporte y el tratamiento de los residuos, incluida la vigilancia de estas operaciones (así como la clausura y mantenimiento posterior al cierre de los vertederos).

12. ¿En cuántos grupos clasifica los residuos sanitarios el artículo 109 del Decreto 73/2012?

  1. Cinco grupos: I, II, III, IV y V
  2. Tres grupos: I, II y III
  3. Cuatro grupos: I, II, III y IV
  4. Seis grupos: I, II, III, IV, V y VI

El artículo 109 del Decreto 73/2012 clasifica los residuos sanitarios en cinco grupos: I, II, III, IV y V.

13. Según el artículo 110 del Decreto 73/2012, ¿qué grupos de residuos sanitarios tienen consideración de residuos municipales, correspondiendo su gestión a los entes locales?

  1. Los Grupos I y II
  2. Los Grupos III, IV y V
  3. Únicamente el Grupo I
  4. Los Grupos IV y V

El artículo 110 del Decreto 73/2012 establece que los residuos sanitarios de los Grupos I y II tienen consideración de residuos municipales y su gestión (recogida, transporte, almacenamiento, valorización y eliminación) corresponde a los entes locales.

14. Conforme al artículo 110 del Decreto 73/2012, ¿qué obligación tienen los responsables de los centros sanitarios respecto a la mezcla de residuos?

  1. Deben evitar a toda costa la mezcla de los residuos de los Grupos I y II con los de los Grupos III, IV y V
  2. Pueden mezclar libremente los Grupos I y II con el Grupo III
  3. Deben mezclar todos los grupos para facilitar su transporte conjunto
  4. Solo deben evitar la mezcla del Grupo IV con el Grupo V

El artículo 110 del Decreto 73/2012 impone a los responsables de los centros sanitarios evitar a toda costa la mezcla de los residuos de los Grupos I y II con los de los Grupos III, IV y V.

15. Según el artículo 111.1 del Decreto 73/2012, en los residuos de los Grupos III, IV y V, ¿a quién corresponde la segregación, el envasado, la retirada, el almacenamiento temporal y la entrega a gestor autorizado?

  1. Al productor
  2. A los entes locales
  3. A la Empresa Nacional de Residuos Radiactivos (ENRESA)
  4. A la Delegación Provincial de Medio Ambiente

El artículo 111.1 del Decreto 73/2012 atribuye a las personas o entidades productoras (el productor) la segregación, el envasado, la retirada desde los puntos de producción, el almacenamiento temporal y la entrega a gestor autorizado de los residuos de los Grupos III, IV y V.

16. Según el artículo 109.a) del Decreto 73/2012, ¿qué residuos integran el Grupo I?

  1. Residuos domésticos no peligrosos generados fuera de la actividad asistencial (papel, cartón, metales, plástico, vidrio, restos de comida)
  2. Residuos peligrosos de origen sanitario que exigen especiales medidas de prevención
  3. Residuos radiactivos y restos humanos de suficiente entidad
  4. Residuos peligrosos de origen no sanitario generados en actividades auxiliares

El artículo 109.a) del Decreto 73/2012 define el Grupo I como residuos domésticos no peligrosos generados en los centros sanitarios fuera de la actividad asistencial (papel, cartón, metales, plástico, vidrio, restos de comida).

17. Según el artículo 109.b) del Decreto 73/2012, los residuos sanitarios asimilables a domésticos producidos en la actividad asistencial sin peligrosidad real ni potencial pertenecen al:

  1. Grupo II
  2. Grupo I
  3. Grupo III
  4. Grupo V

El artículo 109.b) del Decreto 73/2012 define el Grupo II como residuos sanitarios asimilables a domésticos, producidos en la actividad asistencial sin peligrosidad real ni potencial (restos de curas, bolsas de orina vacías, empapadores, sondas, pañales, yesos, vendajes, gasas, guantes, etc.).

18. Según el artículo 109.c) del Decreto 73/2012, ¿cómo se caracteriza el Grupo III de residuos sanitarios?

  1. Residuos peligrosos de origen sanitario, que exigen especiales medidas de prevención
  2. Residuos domésticos no peligrosos generados fuera de la actividad asistencial
  3. Residuos radiactivos regulados por normativas específicas
  4. Residuos peligrosos de origen no sanitario generados en actividades auxiliares

El artículo 109.c) del Decreto 73/2012 define el Grupo III como residuos peligrosos de origen sanitario asociados a la actividad asistencial que exigen especiales medidas de prevención.

19. Según el artículo 109.d) del Decreto 73/2012, ¿qué residuos integran el Grupo IV?

  1. Residuos radiactivos y otros residuos regulados por normativas específicas, incluidos restos humanos de suficiente entidad de abortos, mutilaciones y operaciones quirúrgicas
  2. Residuos punzantes y cortantes que hayan estado en contacto con fluidos corporales
  3. Residuos asimilables a domésticos producidos en la actividad asistencial
  4. Residuos peligrosos de origen no sanitario generados en actividades auxiliares

El artículo 109.d) del Decreto 73/2012 define el Grupo IV como residuos radiactivos y otros residuos regulados por normativas específicas, incluyendo los restos humanos de suficiente entidad de abortos, mutilaciones y operaciones quirúrgicas.

20. Según el artículo 109.d).2º del Decreto 73/2012, ¿qué entidad es competente para la eliminación de los residuos radiactivos del Grupo IV?

  1. La Empresa Nacional de Residuos Radiactivos, S.A. (ENRESA)
  2. El Servicio de Protección Radiológica del centro
  3. La Delegación Provincial de Medio Ambiente
  4. Los entes locales

El artículo 109.d) del Decreto 73/2012, en relación con los residuos radiactivos del Grupo IV, remite a la normativa específica que atribuye su gestión y eliminación a la Empresa Nacional de Residuos Radiactivos, S.A. (ENRESA).

21. Según el artículo 109.e) del Decreto 73/2012, los residuos generados por transformadores, aceites usados, baterías, filtros, disolventes, restos de pintura y productos de limpieza en actividades auxiliares pertenecen al:

  1. Grupo V (residuos peligrosos de origen no sanitario)
  2. Grupo III (residuos peligrosos de origen sanitario)
  3. Grupo II (residuos asimilables a domésticos)
  4. Grupo IV (residuos radiactivos)

El artículo 109.e) del Decreto 73/2012 define el Grupo V como residuos peligrosos de origen no sanitario generados en actividades auxiliares (transformadores, aceites usados, baterías, filtros, disolventes, restos de pintura, productos de limpieza).

22. Según el artículo 112.1 del Decreto 73/2012, los residuos de medicamentos de origen doméstico tienen consideración de:

  1. Residuos municipales
  2. Residuos peligrosos del Grupo III
  3. Residuos radiactivos del Grupo IV
  4. Residuos peligrosos del Grupo V

El artículo 112.1 del Decreto 73/2012 establece que los residuos de medicamentos de origen doméstico tienen la consideración de residuos municipales.

23. Según el Procedimiento PO-05-01 del SAS, ¿de qué color son las bolsas en las que el Celador/a debe recoger los residuos del Grupo II (asimilables a domésticos)?

  1. Marrón
  2. Rojo
  3. Azul
  4. Negro

Los residuos del Grupo II (Residuos Sanitarios Asimilables a Urbanos) se recogen en bolsas de color MARRÓN que cumplan la norma UNE 53-147-85, con galga mínima 200. Conocer este código de colores es esencial para que el Celador/a colabore correctamente en la segregación.

24. En su labor diaria de retirada de residuos, el Celador/a debe utilizar contenedores rígidos específicos de color amarillo para un tipo concreto de material. ¿De qué material se trata?

  1. Las agujas y demás material cortante y/o punzante
  2. Los restos de comida del comedor del personal
  3. La materia orgánica no peligrosa
  4. Los residuos de medicamentos no citostáticos

Las agujas y demás material cortante y/o punzante se recogen en contenedores rígidos específicos de color AMARILLO con mecanismo de desactivación de los elementos cortantes, evitando así pinchazos accidentales durante la manipulación.

25. Cuando el Celador/a colabora en la segregación de residuos infecciosos, sangre, hemoderivados y vacunas vivas atenuadas, ¿en qué envase deben depositarse según el Procedimiento PO-05-01 del SAS?

  1. En bolsas de color rojo y contenedor verde reutilizable o de un solo uso
  2. En bolsas de color marrón y contenedor amarillo
  3. En garrafa blanca de 25 litros
  4. En contenedor azul con etiqueta de incineración

Los residuos infecciosos, sangre, hemoderivados, vacunas vivas atenuadas y restos anatómicos no regulados por el D 95/2001 se recogen en bolsas de color ROJO (UNE 53-147-85, galga mínima 400) y en contenedor VERDE reutilizable o de un solo uso.

26. En las tareas de transporte interno de residuos, ¿cómo deben efectuarse la recogida y el traslado de los contenedores hasta el almacén de cada centro, según el PO-05-01?

  1. En contenedores cerrados y remolcables
  2. En carros abiertos sin tapa para facilitar la inspección
  3. En bolsas transportadas a mano por el personal
  4. Directamente en el ascensor de uso público

La recogida y el transporte interno se efectúan en contenedores cerrados y remolcables hasta el almacén de cada centro, lo que garantiza la seguridad e higiene durante el traslado.

27. Respecto a los ascensores utilizados en los centros del SAS para la retirada de residuos, el Procedimiento PO-05-01 establece que:

  1. Son destinados exclusivamente a la retirada de residuos
  2. Pueden compartirse con el transporte de pacientes si están limpios
  3. Solo se usan en horario nocturno
  4. Se utilizan los mismos que para el público en general

Los ascensores utilizados en todos los centros son destinados a la retirada de residuos exclusivamente, separando este circuito del de pacientes y visitantes para evitar contaminaciones cruzadas.

28. Tras pesar los contenedores en su retirada, ¿mediante qué dispositivo se vuelca a una base de datos general el peso neto, el peso bruto y el número de identificación de los contenedores?

  1. Dispositivos PDA
  2. Tarjetas de banda magnética
  3. Códigos de barras manuales
  4. Etiquetas de papel autocopiativas

Los contenedores se pesan mediante dispositivos PDA que vuelcan a una base de datos general el peso neto, el peso bruto y el número de identificación de cada contenedor, contribuyendo al sistema de registro y control de residuos.

29. Antes de la retirada de los contenedores de M.E.R. (azules) y otros, una vez cerrados, el Procedimiento PO-05-01 exige una actuación sobre sus superficies exteriores. ¿Cuál es?

  1. Limpieza y desinfección de las superficies exteriores
  2. Etiquetado con código de barras adhesivo
  3. Forrado con plástico de un solo uso
  4. Pesaje doble de comprobación

Los contenedores de M.E.R. (azules), una vez cerrados y antes de su retirada, requieren limpieza y desinfección de las superficies exteriores, medida higiénica para prevenir contaminación con los residuos que contienen.

30. Para colaborar correctamente en la segregación, el Celador/a debe saber que la materia orgánica no peligrosa se deposita en bolsas de basura de un color y la materia inerte en bolsas de otro color. ¿Cuál es la correspondencia correcta?

  1. Materia orgánica en bolsas azules; materia inerte en bolsas negras
  2. Materia orgánica en bolsas negras; materia inerte en bolsas azules
  3. Materia orgánica en bolsas rojas; materia inerte en bolsas marrones
  4. Materia orgánica en bolsas marrones; materia inerte en bolsas amarillas

En el Grupo I (residuos generales asimilables a urbanos), la materia orgánica no peligrosa se deposita en bolsas de basura de color AZUL (UNE 53-147-85, galga mínima 200) y la materia inerte en bolsas de color NEGRO (galga mínima 200).

31. El Decreto 73/2012 obliga a los responsables de los centros sanitarios, y por extensión a quienes manipulan los residuos, a una conducta esencial en la segregación. ¿Cuál es?

  1. Evitar a toda costa la mezcla de los residuos de los Grupos I y II con los de los Grupos III, IV y V
  2. Mezclar siempre los Grupos I y II con el Grupo III para reducir el volumen
  3. Almacenar todos los grupos en un único contenedor de gran capacidad
  4. Entregar los Grupos I y II a ENRESA junto con los radiactivos

El Decreto 73/2012 (Reglamento de Residuos de Andalucía), en la gestión de los residuos sanitarios de los Grupos I y II, obliga a mantenerlos en condiciones adecuadas evitando su mezcla con los de los Grupos III, IV y V; principio básico de segregación al que contribuye el Celador/a.

32. Dentro de la contribución del personal a la sostenibilidad ambiental, el Procedimiento PO-05-01 define la minimización de residuos como:

  1. El conjunto de acciones tendentes a reducir o suprimir la producción de residuos o que posibiliten el reciclado o la reutilización en los propios focos de producción
  2. La eliminación inmediata de todos los residuos mediante incineración
  3. El depósito temporal de residuos previo a su valorización por tiempo inferior a dos años
  4. La entrega de los residuos peligrosos a un gestor autorizado externo

El PO-05-01 define minimización como las acciones tendentes a reducir o suprimir la producción de residuos, o que posibiliten el reciclado o la reutilización en los propios focos de producción, hasta niveles económica y técnicamente factibles. Es la actuación de mayor valor ambiental.

33. ¿Conforme a qué norma internacional certifican los centros del SAS su gestión medioambiental, marco en el que se integra la colaboración del Celador/a?

  1. UNE-EN ISO 14001
  2. UNE-EN ISO 50001
  3. UNE 53-147-85
  4. UNE-EN ISO 9001

Los centros del SAS certifican su gestión medioambiental conforme a la norma UNE-EN ISO 14001 (el PO-05-01 está adaptado a la edición 2015). La norma UNE-EN ISO 50001 corresponde al Sistema de Gestión de la Energía; la UNE 53-147-85 es la norma de las bolsas; y la ISO 9001 es de calidad.

34. Una celadora recién incorporada pregunta a su supervisor con qué norma autonómica deben cumplir todos los procedimientos de gestión de residuos del hospital andaluz donde trabaja. ¿Cuál es el reglamento de referencia que le debe indicar?

  1. El Reglamento de Residuos de Andalucía, aprobado por el Decreto 73/2012, de 20 de marzo
  2. La Ley General de Sanidad de 1986
  3. El Reglamento Nacional de Residuos Hospitalarios de 1999
  4. El Decreto andaluz 283/1995 de residuos urbanos

El marco normativo de referencia en Andalucía es el Decreto 73/2012, que aprueba el Reglamento de Residuos de Andalucía, aplicable a la gestión de residuos en los centros sanitarios del SAS.

35. Durante una sesión formativa, se pregunta a los celadores en cuántos grupos clasifica los residuos sanitarios el artículo 109 del Decreto 73/2012, base para distinguir los impactos ambientales de cada tipo. ¿Cuántos grupos debe responder el celador?

  1. Cinco grupos: I, II, III, IV y V
  2. Tres grupos: A, B y C
  3. Cuatro grupos: I, II, III y IV
  4. Seis grupos numerados del I al VI

El artículo 109 del Decreto 73/2012 clasifica los residuos sanitarios en cinco grupos: I, II, III, IV y V, lo que permite gestionar de forma diferenciada su impacto ambiental.

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