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📘 Organización sanitaria (II). Estructura, organización y competencias de la Consejería competente en materia de salud y del Servicio Andaluz de Salud. Asistencia sanitaria pública en Andalucía: la estructura, organización y funcionamiento de los servicios de Atención Primaria; la organización de los Hospitales y de la Atención Especializada; y las Áreas de Gestión Sanitarias. Áreas de organización especial: Salud Mental; Trasplantes; Urgencias; Red Andaluza de Medicina Transfusional, Tejidos y Células; Biobanco del SSPA.

TEMA 4. Organización sanitaria (II): Consejería de Salud, SAS y asistencia sanitaria en Andalucía

El Servicio Andaluz de Salud (SAS) es un organismo autónomo de carácter administrativo, adscrito a la Consejería competente en materia de salud, creado por la Ley 8/1986, de 6 de mayo. La estructura orgánica de la Consejería y del SAS se reguló históricamente por el Decreto 105/2019, actualizado por el Decreto 156/2022 y el vigente Decreto 198/2024, de 3 de septiembre (Consejería de Salud y Consumo).

Estructura de la Consejería y del SAS

La Consejería se ordena en Viceconsejería, de la que dependen tres Secretarías Generales: Salud Pública e I+D+i en Salud, Planificación Asistencial y Consumo y Secretaría General Técnica. El SAS se dirige por la Dirección Gerencia, de la que dependen cuatro órganos directivos:

Atención Primaria (Decreto 197/2007)

Se organiza en Distritos de Atención Primaria (estructuras de planificación, dirección y gestión, art. 3), divididos en Zonas Básicas de Salud (ZBS), marco territorial básico (art. 4). Los Centros de Atención Primaria (art. 5) incluyen centros de salud, consultorios locales y auxiliares. Los órganos de dirección del distrito (art. 7) son: Dirección Gerencia, Dirección de Salud, Dirección de Cuidados de Enfermería y Dirección de Gestión Económica y Desarrollo Profesional. La Unidad de Gestión Clínica (UGC) es la estructura organizativa básica (art. 22).

Hospitales y Atención Especializada (Decreto 105/1986)

El Área Hospitalaria agrupa al menos un hospital y sus Centros Periféricos de Especialidades. Órganos de dirección unipersonales (art. 8): Director-Gerente, Director Médico, Director de Enfermería y Director Económico-Administrativo/Servicios Generales. Órganos colegiados: Junta Facultativa, Junta de Enfermería y Junta del Hospital. Las Áreas de Gestión Sanitaria (AGS) integran en una sola estructura la atención primaria y la especializada de un territorio; existen 16 AGS en Andalucía. Los hospitales se clasifican en regionales, de especialidades, de distrito/comarcales y de alta resolución (CHARE).

Áreas de organización especial

Red Transfusional y Biobanco

La Red Andaluza de Medicina Transfusional, Tejidos y Células (Decreto 49/2017) se organiza en 8 nodos (Centros de Transfusión, Tejidos y Células), uno por provincia, dependientes del SAS, y asume las funciones asistenciales del Biobanco. El Biobanco del SSPA (Decreto 1/2013) es un biobanco en red con Nodo de Coordinación en Granada.

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Preguntas de muestra (35)

1. ¿Mediante qué norma se creó el Servicio Andaluz de Salud (SAS)?

  1. La Ley 8/1986, de 6 de mayo
  2. La Ley 2/1994, de 24 de marzo
  3. El Decreto 105/1986, de 11 de junio
  4. El Decreto 197/2007, de 3 de julio

El Servicio Andaluz de Salud (SAS) fue creado por la Ley 8/1986, de 6 de mayo (BOJA núm. 41, de 10 de mayo de 1986), originariamente como organismo autónomo de carácter administrativo adscrito a la Consejería competente en materia de salud.

2. Según la Ley 8/1986, de 6 de mayo (en su redacción originaria), ¿con qué naturaleza jurídica se creó el Servicio Andaluz de Salud?

  1. Organismo autónomo de carácter administrativo adscrito a la Consejería competente en materia de salud
  2. Empresa pública con personalidad jurídica de derecho privado
  3. Agencia pública empresarial dependiente del Parlamento
  4. Entidad de derecho público adscrita a la Consejería de Hacienda

El art. 1.1 de la Ley 8/1986 creó el SAS como organismo autónomo de carácter administrativo adscrito a la Consejería competente en materia de salud. ADVERTENCIA: tras la Ley 9/2007 y el Decreto 216/2011 el SAS tiene actualmente la condición de agencia administrativa; esta pregunta solo es correcta anclada a la redacción originaria de la Ley 8/1986.

3. ¿Qué decreto estableció la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, publicado en BOJA el 11 de agosto de 2022?

  1. El Decreto 156/2022, de 9 de agosto
  2. El Decreto 198/2024, de 3 de septiembre
  3. El Decreto 105/2019, de 12 de febrero
  4. El Decreto 49/2017, de 21 de marzo

El Decreto 156/2022, de 9 de agosto, estableció la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, publicado en el BOJA extraordinario núm. 28, de 11 de agosto de 2022 (con posterior corrección de errores).

4. ¿Qué decreto estableció la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del SAS, publicado en BOJA el 14 de febrero de 2019?

  1. El Decreto 105/2019, de 12 de febrero
  2. El Decreto 156/2022, de 9 de agosto
  3. El Decreto 198/2024, de 3 de septiembre
  4. El Decreto 77/2008, de 4 de marzo

El Decreto 105/2019, de 12 de febrero, estableció la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del SAS, publicado en el BOJA núm. 31, de 14 de febrero de 2019.

5. Según el Decreto 198/2024, de 3 de septiembre, ¿en torno a qué órgano superior se estructura la Consejería de Salud y Consumo, del que dependen tres Secretarías Generales?

  1. La Viceconsejería
  2. La Secretaría General Técnica
  3. La Dirección Gerencia del SAS
  4. La Dirección General de Salud Pública

Conforme al Decreto 198/2024 (art. 2), la Consejería se estructura en una Viceconsejería de la que dependen orgánicamente tres Secretarías Generales: Salud Pública e I+D+i en Salud, Planificación Asistencial y Consumo, y Secretaría General Técnica.

6. Según el Decreto 198/2024, ¿cuáles son las tres Secretarías Generales de la Consejería de Salud y Consumo?

  1. Salud Pública e I+D+i en Salud; Planificación Asistencial y Consumo; y Secretaría General Técnica
  2. Salud Pública; Asistencia Sanitaria; y Gestión Económica
  3. Planificación Asistencial; Personal; y Tecnologías de la Información
  4. Salud Pública; Consumo; y Asesoría Jurídica

Las tres Secretarías Generales son: la Secretaría General de Salud Pública e I+D+i en Salud; la Secretaría General de Planificación Asistencial y Consumo; y la Secretaría General Técnica.

7. Según el Decreto 198/2024, ¿qué órgano asume la administración general, la gestión económica y presupuestaria, el personal y la contratación de la Consejería?

  1. La Secretaría General Técnica
  2. La Secretaría General de Salud Pública e I+D+i en Salud
  3. La Secretaría General de Planificación Asistencial y Consumo
  4. La Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica

La Secretaría General Técnica asume la administración general de la Consejería, la gestión económica y presupuestaria, la gestión de personal y la contratación administrativa (art. 7).

8. Según el Decreto 198/2024, ¿qué Secretaría General asume las políticas de atención sanitaria y sociosanitaria, salud mental y adicciones, protección de personas consumidoras y humanización asistencial?

  1. La Secretaría General de Planificación Asistencial y Consumo
  2. La Secretaría General Técnica
  3. La Secretaría General de Salud Pública e I+D+i en Salud
  4. La Viceconsejería

La Secretaría General de Planificación Asistencial y Consumo asume las políticas de atención sanitaria y sociosanitaria, de salud mental y adicciones, de protección de personas consumidoras y la humanización de la asistencia sanitaria (art. 6).

9. Según el Decreto 198/2024, ¿de qué órgano dependen la vigilancia sanitaria, la farmacovigilancia y la seguridad alimentaria?

  1. De la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica
  2. De la Secretaría General Técnica
  3. De la Dirección General de Personal
  4. De la Dirección Gerencia del SAS

La Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica ejerce las competencias en materia de vigilancia sanitaria/epidemiológica, farmacovigilancia y control e intervención pública en seguridad alimentaria.

10. ¿Qué órgano del SAS ostenta la representación legal del Servicio y dirige su estructura orgánica, funcional y de gestión?

  1. La Dirección Gerencia
  2. La Viceconsejería de Salud
  3. La Secretaría General Técnica
  4. La Asesoría Jurídica

La Dirección Gerencia ostenta la representación legal del SAS y la dirección superior de su estructura orgánica, funcional y de gestión.

11. Según el Decreto 198/2024, ¿cuántos órganos directivos centrales dependen de la Dirección Gerencia del SAS?

  1. Cuatro
  2. Tres
  3. Cinco
  4. Seis

De la Dirección Gerencia del SAS dependen cuatro Direcciones Generales: de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud; de Gestión Económica y Servicios; de Personal; y de Sistemas de Información y Comunicaciones.

12. ¿Cuál de los siguientes es uno de los órganos directivos centrales que dependen de la Dirección Gerencia del SAS?

  1. La Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud
  2. La Secretaría General Técnica
  3. La Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica
  4. La Secretaría General de Planificación Asistencial y Consumo

De la Dirección Gerencia del SAS dependen cuatro Direcciones Generales, entre ellas la D.G. de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud. Las demás opciones pertenecen a la estructura de la Consejería, no del SAS.

13. ¿Qué órgano del SAS ejerce el asesoramiento jurídico, la defensa y la representación en juicio del Servicio, dependiendo directamente de la Dirección Gerencia?

  1. La Asesoría Jurídica
  2. La Secretaría General Técnica
  3. La Dirección General de Personal
  4. La Junta del Hospital

La Asesoría Jurídica del SAS depende directamente de la Dirección Gerencia y ejerce el asesoramiento jurídico, la defensa y la representación en juicio del Servicio.

14. Según el Decreto 198/2024, la Asesoría Jurídica del SAS, ¿de qué órgano depende directamente?

  1. De la Dirección Gerencia
  2. De la Secretaría General Técnica
  3. De la Viceconsejería
  4. De la Dirección General de Personal

La Asesoría Jurídica del SAS depende directamente de la Dirección Gerencia, ejerciendo el asesoramiento jurídico, la defensa y la representación en juicio del Servicio.

15. El Servicio Andaluz de Salud está adscrito a:

  1. La Consejería competente en materia de salud
  2. El Parlamento de Andalucía
  3. La Consejería de Hacienda
  4. La Organización Nacional de Trasplantes

El SAS está adscrito a la Consejería competente en materia de salud (originariamente Consejería de Salud y Consumo; actualmente, Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias).

16. ¿En qué año fue creado el Servicio Andaluz de Salud según su ley de creación?

  1. 1986
  2. 1994
  3. 2007
  4. 2019

El SAS fue creado por la Ley 8/1986, de 6 de mayo, es decir, en el año 1986.

17. Según el Decreto 198/2024, de la Viceconsejería de la Consejería de Salud y Consumo dependen:

  1. Tres Secretarías Generales
  2. Cuatro Direcciones Generales
  3. Dos Direcciones Gerencia
  4. Una única Secretaría General Técnica

Conforme al Decreto 198/2024 (art. 2), de la Viceconsejería dependen tres Secretarías Generales: Salud Pública e I+D+i en Salud, Planificación Asistencial y Consumo, y Secretaría General Técnica.

18. La Secretaría General de Salud Pública e I+D+i en Salud es una de las Secretarías Generales que, según el Decreto 198/2024, dependen de:

  1. La Viceconsejería
  2. La Dirección Gerencia del SAS
  3. La Secretaría General Técnica
  4. La Dirección General de Personal

La Consejería se estructura en una Viceconsejería de la que dependen tres Secretarías Generales, entre ellas la de Salud Pública e I+D+i en Salud (art. 2).

19. ¿Qué norma regula la estructura, organización y funcionamiento de los servicios de Atención Primaria del Servicio Andaluz de Salud?

  1. El Decreto 197/2007, de 3 de julio
  2. El Decreto 105/1986, de 11 de junio
  3. El Decreto 77/2008, de 4 de marzo
  4. El Decreto 49/2017, de 21 de marzo

La estructura, organización y funcionamiento de los servicios de Atención Primaria del SAS se regula por el Decreto 197/2007, de 3 de julio, publicado en el BOJA núm. 140 de 2007. Las demás opciones corresponden a otras materias: el Decreto 105/1986 a la asistencia especializada hospitalaria, el Decreto 77/2008 a salud mental y el Decreto 49/2017 a la Red Andaluza de Medicina Transfusional.

20. Según el Decreto 197/2007, de 3 de julio, ¿cómo se define el Distrito de Atención Primaria?

  1. La estructura organizativa para la planificación operativa, dirección, gestión y administración de la atención primaria
  2. El marco territorial constituido por municipios o agregaciones de municipios para la asistencia básica
  3. La estructura organizativa responsable de la atención a la población integrada por profesionales de distintas categorías
  4. La demarcación geográfica para la gestión de la asistencia especializada

Conforme al artículo 3 del Decreto 197/2007, el Distrito de Atención Primaria es la estructura organizativa para la planificación operativa, dirección, gestión y administración de la atención primaria. La opción B describe la Zona Básica de Salud (art. 4), la C describe la Unidad de Gestión Clínica (art. 22) y la D corresponde al Área Hospitalaria del Decreto 105/1986.

21. De acuerdo con el Decreto 197/2007, ¿qué es la Zona Básica de Salud (ZBS)?

  1. El marco territorial constituido por municipios o agregaciones de municipios donde se presta la asistencia sanitaria básica e integral de acceso directo
  2. La estructura organizativa para la planificación operativa, dirección, gestión y administración de la atención primaria
  3. El dispositivo básico de salud mental que constituye el primer nivel de atención especializada
  4. El servicio que gestiona las relaciones con la ciudadanía y depende de la Dirección Gerencia

Según el artículo 4 del Decreto 197/2007, la Zona Básica de Salud es el marco territorial para la prestación de la atención primaria de salud, de acceso directo de la población, en la que se proporciona una asistencia sanitaria básica e integral, y está constituida por los municipios o agregaciones de municipios que determina el Mapa de Atención Primaria. La opción B corresponde al Distrito de Atención Primaria (art. 3), la C a un dispositivo de salud mental y la D al Servicio de Atención a la Ciudadanía (art. 21).

22. Según el artículo 5 del Decreto 197/2007, ¿qué tipos de centros se incluyen entre los Centros de Atención Primaria?

  1. Centros de salud, consultorios locales y consultorios auxiliares
  2. Centros de salud, hospitales comarcales y centros periféricos de especialidades
  3. Consultorios locales, centros de transfusión y nodos provinciales
  4. Centros de salud, unidades de hospitalización y hospitales de día

El artículo 5 del Decreto 197/2007 establece que tendrán la consideración de centros de atención primaria de salud los centros de salud, así como los consultorios locales y auxiliares. Las demás opciones mezclan dispositivos propios de la atención especializada o de otras redes, como los centros periféricos de especialidades, los centros de transfusión o las unidades de hospitalización.

23. Conforme al artículo 7.1 del Decreto 197/2007, ¿cuáles son los órganos de dirección del Distrito de Atención Primaria?

  1. Dirección Gerencia, Dirección de Salud, Dirección de Cuidados de Enfermería y Dirección de Gestión Económica y de Desarrollo Profesional
  2. Director-Gerente, Director Médico, Director de Enfermería y Director Económico-Administrativo
  3. Dirección Gerencia, Dirección de Salud Pública, Junta Facultativa y Junta de Enfermería
  4. Dirección de Salud, Dirección de Cuidados, Coordinador Autonómico y Coordinador Sectorial

El artículo 7.1 del Decreto 197/2007 dispone que los órganos de dirección del Distrito de Atención Primaria son la Dirección Gerencia, la Dirección de Salud, la Dirección de Cuidados de Enfermería y la Dirección de Gestión Económica y de Desarrollo Profesional. La opción B corresponde a los órganos unipersonales del hospital del Decreto 105/1986 y las restantes mezclan figuras de otras estructuras.

24. Según el artículo 22 del Decreto 197/2007, ¿qué caracteriza a la Unidad de Gestión Clínica (UGC)?

  1. Es la estructura organizativa responsable de la atención a la población, integrada por profesionales de distintas categorías, con autonomía organizativa y corresponsabilidad en la gestión
  2. Es la estructura organizativa para la planificación operativa, dirección, gestión y administración de la atención primaria
  3. Es el marco territorial constituido por municipios o agregaciones de municipios de acceso directo
  4. Es el dispositivo a distancia del hospital para consultas externas especializadas

El artículo 22 del Decreto 197/2007 define la Unidad de Gestión Clínica como la estructura organizativa responsable de la atención primaria de salud a la población, integrada por profesionales de diferentes categorías adscritos funcionalmente a la zona básica de salud, que actúan con criterios de autonomía organizativa y de corresponsabilidad en la gestión de los recursos. La opción B describe el Distrito (art. 3), la C la Zona Básica de Salud (art. 4) y la D los Centros Periféricos de Especialidades del Decreto 105/1986.

25. De acuerdo con el Decreto 197/2007, ¿de qué órgano depende el Servicio de Atención a la Ciudadanía del distrito y cuál es su función principal?

  1. Depende de la Dirección Gerencia y gestiona las relaciones con la ciudadanía
  2. Depende de la Dirección de Salud y gestiona la vigilancia sanitaria
  3. Depende de la Dirección de Cuidados de Enfermería y coordina los consultorios auxiliares
  4. Depende de la Coordinación Autonómica y gestiona las relaciones con la ONT

Según el artículo 21 del Decreto 197/2007, el Servicio de Atención a la Ciudadanía del distrito gestiona las relaciones con la ciudadanía y depende jerárquica y funcionalmente de la Dirección Gerencia del distrito de atención primaria. Las demás opciones atribuyen incorrectamente la dependencia o la función a otros órganos o redes ajenas a la atención primaria.

26. En la organización de la Atención Primaria del SAS, ¿qué dos elementos identifican respectivamente la estructura de gestión y el marco territorial de prestación de la asistencia básica?

  1. El Distrito de Atención Primaria y la Zona Básica de Salud
  2. El Área Hospitalaria y el Centro Periférico de Especialidades
  3. La Unidad de Salud Mental Comunitaria y el Hospital de Día
  4. El Centro de Transfusión y el Nodo de Coordinación

Conforme al Decreto 197/2007, el Distrito de Atención Primaria es la estructura organizativa para la planificación operativa, dirección, gestión y administración de la atención primaria (art. 3), mientras que la Zona Básica de Salud es el marco territorial donde se presta la asistencia sanitaria básica e integral de acceso directo (art. 4). Las demás opciones corresponden a la atención especializada, la salud mental o las redes de transfusión y biobanco.

27. Respecto a la Unidad de Gestión Clínica (UGC) regulada en el Decreto 197/2007, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?

  1. Está integrada por profesionales de distintas categorías y dispone de autonomía organizativa y corresponsabilidad en la gestión
  2. Está integrada exclusivamente por personal facultativo y carece de autonomía organizativa
  3. Constituye el marco territorial de municipios o agregaciones de municipios de acceso directo
  4. Es un dispositivo dependiente funcionalmente del hospital para consultas externas

El artículo 22 del Decreto 197/2007 configura la Unidad de Gestión Clínica como la estructura organizativa responsable de la atención a la población, integrada por profesionales de diferentes categorías, que actúan con criterios de autonomía organizativa y corresponsabilidad en la gestión de los recursos. Por ello la opción B es falsa al limitar su composición y negar su autonomía; la C describe la Zona Básica de Salud y la D los Centros Periféricos de Especialidades.

28. En un acto institucional se necesita que alguien ostente la representación legal del SAS y dirija su estructura orgánica, funcional y de gestión. ¿Qué órgano corresponde con esa función?

  1. La Viceconsejería de Salud y Consumo
  2. La Dirección Gerencia del SAS
  3. La Secretaría General Técnica
  4. La Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica

La Dirección Gerencia ostenta la representación legal del SAS y dirige su estructura orgánica, funcional y de gestión.

29. En una unidad administrativa de la Consejería surge una duda sobre qué órgano asume la administración general, la gestión económica y presupuestaria, el personal y la contratación. ¿A qué Secretaría General deben dirigirse?

  1. A la Secretaría General de Salud Pública e I+D+i en Salud
  2. A la Secretaría General de Planificación Asistencial y Consumo
  3. A la Secretaría General Técnica
  4. A la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica

La Secretaría General Técnica es el órgano que, con carácter general, asume la administración general, la gestión económica y presupuestaria, la gestión de personal y la contratación de la Consejería.

30. Una técnico debe canalizar un asunto relacionado con la farmacovigilancia y la seguridad alimentaria dentro de la Consejería. ¿De qué órgano dependen estas materias?

  1. De la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica
  2. De la Secretaría General Técnica
  3. De la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud
  4. De la Dirección General de Gestión Económica y Servicios

De la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica dependen la vigilancia sanitaria, la farmacovigilancia y la intervención pública en seguridad alimentaria.

31. El SAS va a defenderse en un procedimiento judicial y necesita asesoramiento jurídico, defensa y representación en juicio. ¿Qué órgano del SAS asume estas funciones?

  1. La Secretaría General Técnica de la Consejería
  2. La Asesoría Jurídica del SAS, dependiente directamente de la Dirección Gerencia
  3. La Dirección General de Personal
  4. La Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud

La Asesoría Jurídica del SAS depende directamente de la Dirección Gerencia y ejerce el asesoramiento jurídico, la defensa y la representación en juicio del Servicio.

32. Para elaborar el organigrama central del SAS, un opositor debe enumerar los órganos directivos centrales que dependen de la Dirección Gerencia. ¿Cuántos órganos directivos centrales dependen de ella?

  1. Dos órganos directivos centrales
  2. Tres órganos directivos centrales
  3. Cuatro órganos directivos centrales
  4. Cinco órganos directivos centrales

De la Dirección Gerencia del SAS dependen cuatro órganos directivos centrales: D.G. de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud; D.G. de Gestión Económica y Servicios; D.G. de Personal; y D.G. de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

33. Un asunto relativo a la asistencia sanitaria y a los resultados en salud debe tramitarse ante el órgano directivo central competente del SAS. ¿A cuál corresponde?

  1. A la Dirección General de Personal
  2. A la Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud
  3. A la Dirección General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones
  4. A la Dirección General de Gestión Económica y Servicios

Entre las cuatro Direcciones Generales dependientes de la Dirección Gerencia del SAS figura la D.G. de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud, competente en asistencia sanitaria y resultados en salud.

34. Un opositor confunde la norma actual con una anterior y afirma que la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del SAS se fijó en 2019. ¿Qué norma corresponde a esa estructura de 2019?

  1. El Decreto 105/2019, de 12 de febrero
  2. El Decreto 156/2022, de 9 de agosto
  3. El Decreto 198/2024, de 3 de septiembre
  4. El Decreto 197/2007, de 3 de julio

El Decreto 105/2019, de 12 de febrero, estableció la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 31, de 14 de febrero de 2019).

35. En una pregunta sobre la creación del SAS, un opositor debe indicar la norma que lo creó. ¿Cuál es la respuesta correcta?

  1. Un decreto de 2007
  2. Un decreto de 1986
  3. La Ley 8/1986, de 6 de mayo
  4. La Ley 2/1994, de 24 de marzo

El SAS fue creado por la Ley 8/1986, de 6 de mayo, del Servicio Andaluz de Salud.

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