El Servicio Andaluz de Salud (SAS) es un organismo autónomo de carácter administrativo, adscrito a la Consejería competente en materia de salud, creado por la Ley 8/1986, de 6 de mayo. La estructura orgánica de la Consejería y del SAS se reguló históricamente por el Decreto 105/2019, actualizado por el Decreto 156/2022 y el vigente Decreto 198/2024, de 3 de septiembre (Consejería de Salud y Consumo).
La Consejería se ordena en Viceconsejería, de la que dependen tres Secretarías Generales: Salud Pública e I+D+i en Salud, Planificación Asistencial y Consumo y Secretaría General Técnica. El SAS se dirige por la Dirección Gerencia, de la que dependen cuatro órganos directivos:
Se organiza en Distritos de Atención Primaria (estructuras de planificación, dirección y gestión, art. 3), divididos en Zonas Básicas de Salud (ZBS), marco territorial básico (art. 4). Los Centros de Atención Primaria (art. 5) incluyen centros de salud, consultorios locales y auxiliares. Los órganos de dirección del distrito (art. 7) son: Dirección Gerencia, Dirección de Salud, Dirección de Cuidados de Enfermería y Dirección de Gestión Económica y Desarrollo Profesional. La Unidad de Gestión Clínica (UGC) es la estructura organizativa básica (art. 22).
El Área Hospitalaria agrupa al menos un hospital y sus Centros Periféricos de Especialidades. Órganos de dirección unipersonales (art. 8): Director-Gerente, Director Médico, Director de Enfermería y Director Económico-Administrativo/Servicios Generales. Órganos colegiados: Junta Facultativa, Junta de Enfermería y Junta del Hospital. Las Áreas de Gestión Sanitaria (AGS) integran en una sola estructura la atención primaria y la especializada de un territorio; existen 16 AGS en Andalucía. Los hospitales se clasifican en regionales, de especialidades, de distrito/comarcales y de alta resolución (CHARE).
La Red Andaluza de Medicina Transfusional, Tejidos y Células (Decreto 49/2017) se organiza en 8 nodos (Centros de Transfusión, Tejidos y Células), uno por provincia, dependientes del SAS, y asume las funciones asistenciales del Biobanco. El Biobanco del SSPA (Decreto 1/2013) es un biobanco en red con Nodo de Coordinación en Granada.
1. ¿Mediante qué norma se creó el Servicio Andaluz de Salud (SAS)?
El Servicio Andaluz de Salud (SAS) fue creado por la Ley 8/1986, de 6 de mayo (BOJA núm. 41, de 10 de mayo de 1986), originariamente como organismo autónomo de carácter administrativo adscrito a la Consejería competente en materia de salud.
2. Según la Ley 8/1986, de 6 de mayo (en su redacción originaria), ¿con qué naturaleza jurídica se creó el Servicio Andaluz de Salud?
El art. 1.1 de la Ley 8/1986 creó el SAS como organismo autónomo de carácter administrativo adscrito a la Consejería competente en materia de salud. ADVERTENCIA: tras la Ley 9/2007 y el Decreto 216/2011 el SAS tiene actualmente la condición de agencia administrativa; esta pregunta solo es correcta anclada a la redacción originaria de la Ley 8/1986.
3. ¿Qué decreto estableció la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, publicado en BOJA el 11 de agosto de 2022?
El Decreto 156/2022, de 9 de agosto, estableció la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, publicado en el BOJA extraordinario núm. 28, de 11 de agosto de 2022 (con posterior corrección de errores).
4. ¿Qué decreto estableció la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del SAS, publicado en BOJA el 14 de febrero de 2019?
El Decreto 105/2019, de 12 de febrero, estableció la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del SAS, publicado en el BOJA núm. 31, de 14 de febrero de 2019.
5. Según el Decreto 198/2024, de 3 de septiembre, ¿en torno a qué órgano superior se estructura la Consejería de Salud y Consumo, del que dependen tres Secretarías Generales?
Conforme al Decreto 198/2024 (art. 2), la Consejería se estructura en una Viceconsejería de la que dependen orgánicamente tres Secretarías Generales: Salud Pública e I+D+i en Salud, Planificación Asistencial y Consumo, y Secretaría General Técnica.
6. Según el Decreto 198/2024, ¿cuáles son las tres Secretarías Generales de la Consejería de Salud y Consumo?
Las tres Secretarías Generales son: la Secretaría General de Salud Pública e I+D+i en Salud; la Secretaría General de Planificación Asistencial y Consumo; y la Secretaría General Técnica.
7. Según el Decreto 198/2024, ¿qué órgano asume la administración general, la gestión económica y presupuestaria, el personal y la contratación de la Consejería?
La Secretaría General Técnica asume la administración general de la Consejería, la gestión económica y presupuestaria, la gestión de personal y la contratación administrativa (art. 7).
8. Según el Decreto 198/2024, ¿qué Secretaría General asume las políticas de atención sanitaria y sociosanitaria, salud mental y adicciones, protección de personas consumidoras y humanización asistencial?
La Secretaría General de Planificación Asistencial y Consumo asume las políticas de atención sanitaria y sociosanitaria, de salud mental y adicciones, de protección de personas consumidoras y la humanización de la asistencia sanitaria (art. 6).
9. Según el Decreto 198/2024, ¿de qué órgano dependen la vigilancia sanitaria, la farmacovigilancia y la seguridad alimentaria?
La Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica ejerce las competencias en materia de vigilancia sanitaria/epidemiológica, farmacovigilancia y control e intervención pública en seguridad alimentaria.
10. ¿Qué órgano del SAS ostenta la representación legal del Servicio y dirige su estructura orgánica, funcional y de gestión?
La Dirección Gerencia ostenta la representación legal del SAS y la dirección superior de su estructura orgánica, funcional y de gestión.
11. Según el Decreto 198/2024, ¿cuántos órganos directivos centrales dependen de la Dirección Gerencia del SAS?
De la Dirección Gerencia del SAS dependen cuatro Direcciones Generales: de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud; de Gestión Económica y Servicios; de Personal; y de Sistemas de Información y Comunicaciones.
12. ¿Cuál de los siguientes es uno de los órganos directivos centrales que dependen de la Dirección Gerencia del SAS?
De la Dirección Gerencia del SAS dependen cuatro Direcciones Generales, entre ellas la D.G. de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud. Las demás opciones pertenecen a la estructura de la Consejería, no del SAS.
13. ¿Qué órgano del SAS ejerce el asesoramiento jurídico, la defensa y la representación en juicio del Servicio, dependiendo directamente de la Dirección Gerencia?
La Asesoría Jurídica del SAS depende directamente de la Dirección Gerencia y ejerce el asesoramiento jurídico, la defensa y la representación en juicio del Servicio.
14. Según el Decreto 198/2024, la Asesoría Jurídica del SAS, ¿de qué órgano depende directamente?
La Asesoría Jurídica del SAS depende directamente de la Dirección Gerencia, ejerciendo el asesoramiento jurídico, la defensa y la representación en juicio del Servicio.
15. El Servicio Andaluz de Salud está adscrito a:
El SAS está adscrito a la Consejería competente en materia de salud (originariamente Consejería de Salud y Consumo; actualmente, Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias).
16. ¿En qué año fue creado el Servicio Andaluz de Salud según su ley de creación?
El SAS fue creado por la Ley 8/1986, de 6 de mayo, es decir, en el año 1986.
17. Según el Decreto 198/2024, de la Viceconsejería de la Consejería de Salud y Consumo dependen:
Conforme al Decreto 198/2024 (art. 2), de la Viceconsejería dependen tres Secretarías Generales: Salud Pública e I+D+i en Salud, Planificación Asistencial y Consumo, y Secretaría General Técnica.
18. La Secretaría General de Salud Pública e I+D+i en Salud es una de las Secretarías Generales que, según el Decreto 198/2024, dependen de:
La Consejería se estructura en una Viceconsejería de la que dependen tres Secretarías Generales, entre ellas la de Salud Pública e I+D+i en Salud (art. 2).
19. ¿Qué norma regula la estructura, organización y funcionamiento de los servicios de Atención Primaria del Servicio Andaluz de Salud?
La estructura, organización y funcionamiento de los servicios de Atención Primaria del SAS se regula por el Decreto 197/2007, de 3 de julio, publicado en el BOJA núm. 140 de 2007. Las demás opciones corresponden a otras materias: el Decreto 105/1986 a la asistencia especializada hospitalaria, el Decreto 77/2008 a salud mental y el Decreto 49/2017 a la Red Andaluza de Medicina Transfusional.
20. Según el Decreto 197/2007, de 3 de julio, ¿cómo se define el Distrito de Atención Primaria?
Conforme al artículo 3 del Decreto 197/2007, el Distrito de Atención Primaria es la estructura organizativa para la planificación operativa, dirección, gestión y administración de la atención primaria. La opción B describe la Zona Básica de Salud (art. 4), la C describe la Unidad de Gestión Clínica (art. 22) y la D corresponde al Área Hospitalaria del Decreto 105/1986.
21. De acuerdo con el Decreto 197/2007, ¿qué es la Zona Básica de Salud (ZBS)?
Según el artículo 4 del Decreto 197/2007, la Zona Básica de Salud es el marco territorial para la prestación de la atención primaria de salud, de acceso directo de la población, en la que se proporciona una asistencia sanitaria básica e integral, y está constituida por los municipios o agregaciones de municipios que determina el Mapa de Atención Primaria. La opción B corresponde al Distrito de Atención Primaria (art. 3), la C a un dispositivo de salud mental y la D al Servicio de Atención a la Ciudadanía (art. 21).
22. Según el artículo 5 del Decreto 197/2007, ¿qué tipos de centros se incluyen entre los Centros de Atención Primaria?
El artículo 5 del Decreto 197/2007 establece que tendrán la consideración de centros de atención primaria de salud los centros de salud, así como los consultorios locales y auxiliares. Las demás opciones mezclan dispositivos propios de la atención especializada o de otras redes, como los centros periféricos de especialidades, los centros de transfusión o las unidades de hospitalización.
23. Conforme al artículo 7.1 del Decreto 197/2007, ¿cuáles son los órganos de dirección del Distrito de Atención Primaria?
El artículo 7.1 del Decreto 197/2007 dispone que los órganos de dirección del Distrito de Atención Primaria son la Dirección Gerencia, la Dirección de Salud, la Dirección de Cuidados de Enfermería y la Dirección de Gestión Económica y de Desarrollo Profesional. La opción B corresponde a los órganos unipersonales del hospital del Decreto 105/1986 y las restantes mezclan figuras de otras estructuras.
24. Según el artículo 22 del Decreto 197/2007, ¿qué caracteriza a la Unidad de Gestión Clínica (UGC)?
El artículo 22 del Decreto 197/2007 define la Unidad de Gestión Clínica como la estructura organizativa responsable de la atención primaria de salud a la población, integrada por profesionales de diferentes categorías adscritos funcionalmente a la zona básica de salud, que actúan con criterios de autonomía organizativa y de corresponsabilidad en la gestión de los recursos. La opción B describe el Distrito (art. 3), la C la Zona Básica de Salud (art. 4) y la D los Centros Periféricos de Especialidades del Decreto 105/1986.
25. De acuerdo con el Decreto 197/2007, ¿de qué órgano depende el Servicio de Atención a la Ciudadanía del distrito y cuál es su función principal?
Según el artículo 21 del Decreto 197/2007, el Servicio de Atención a la Ciudadanía del distrito gestiona las relaciones con la ciudadanía y depende jerárquica y funcionalmente de la Dirección Gerencia del distrito de atención primaria. Las demás opciones atribuyen incorrectamente la dependencia o la función a otros órganos o redes ajenas a la atención primaria.
26. En la organización de la Atención Primaria del SAS, ¿qué dos elementos identifican respectivamente la estructura de gestión y el marco territorial de prestación de la asistencia básica?
Conforme al Decreto 197/2007, el Distrito de Atención Primaria es la estructura organizativa para la planificación operativa, dirección, gestión y administración de la atención primaria (art. 3), mientras que la Zona Básica de Salud es el marco territorial donde se presta la asistencia sanitaria básica e integral de acceso directo (art. 4). Las demás opciones corresponden a la atención especializada, la salud mental o las redes de transfusión y biobanco.
27. Respecto a la Unidad de Gestión Clínica (UGC) regulada en el Decreto 197/2007, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es correcta?
El artículo 22 del Decreto 197/2007 configura la Unidad de Gestión Clínica como la estructura organizativa responsable de la atención a la población, integrada por profesionales de diferentes categorías, que actúan con criterios de autonomía organizativa y corresponsabilidad en la gestión de los recursos. Por ello la opción B es falsa al limitar su composición y negar su autonomía; la C describe la Zona Básica de Salud y la D los Centros Periféricos de Especialidades.
28. En un acto institucional se necesita que alguien ostente la representación legal del SAS y dirija su estructura orgánica, funcional y de gestión. ¿Qué órgano corresponde con esa función?
La Dirección Gerencia ostenta la representación legal del SAS y dirige su estructura orgánica, funcional y de gestión.
29. En una unidad administrativa de la Consejería surge una duda sobre qué órgano asume la administración general, la gestión económica y presupuestaria, el personal y la contratación. ¿A qué Secretaría General deben dirigirse?
La Secretaría General Técnica es el órgano que, con carácter general, asume la administración general, la gestión económica y presupuestaria, la gestión de personal y la contratación de la Consejería.
30. Una técnico debe canalizar un asunto relacionado con la farmacovigilancia y la seguridad alimentaria dentro de la Consejería. ¿De qué órgano dependen estas materias?
De la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica dependen la vigilancia sanitaria, la farmacovigilancia y la intervención pública en seguridad alimentaria.
31. El SAS va a defenderse en un procedimiento judicial y necesita asesoramiento jurídico, defensa y representación en juicio. ¿Qué órgano del SAS asume estas funciones?
La Asesoría Jurídica del SAS depende directamente de la Dirección Gerencia y ejerce el asesoramiento jurídico, la defensa y la representación en juicio del Servicio.
32. Para elaborar el organigrama central del SAS, un opositor debe enumerar los órganos directivos centrales que dependen de la Dirección Gerencia. ¿Cuántos órganos directivos centrales dependen de ella?
De la Dirección Gerencia del SAS dependen cuatro órganos directivos centrales: D.G. de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud; D.G. de Gestión Económica y Servicios; D.G. de Personal; y D.G. de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
33. Un asunto relativo a la asistencia sanitaria y a los resultados en salud debe tramitarse ante el órgano directivo central competente del SAS. ¿A cuál corresponde?
Entre las cuatro Direcciones Generales dependientes de la Dirección Gerencia del SAS figura la D.G. de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud, competente en asistencia sanitaria y resultados en salud.
34. Un opositor confunde la norma actual con una anterior y afirma que la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del SAS se fijó en 2019. ¿Qué norma corresponde a esa estructura de 2019?
El Decreto 105/2019, de 12 de febrero, estableció la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 31, de 14 de febrero de 2019).
35. En una pregunta sobre la creación del SAS, un opositor debe indicar la norma que lo creó. ¿Cuál es la respuesta correcta?
El SAS fue creado por la Ley 8/1986, de 6 de mayo, del Servicio Andaluz de Salud.