La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) es la norma básica. Define riesgo laboral (art. 4.2) como "la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo". El empresario es el garante de la seguridad y salud (art. 14), debiendo integrar la prevención y asumir su coste (art. 14.5). Los principios de la acción preventiva (art. 15) deben memorizarse: evitar riesgos, evaluar los inevitables, combatirlos en origen, adaptar el trabajo a la persona, tener en cuenta la técnica, sustituir lo peligroso, planificar, anteponer la protección colectiva a la individual y dar instrucciones. El art. 16 regula el plan de prevención y la evaluación de riesgos; el art. 19, la formación teórica y práctica gratuita y en jornada; el art. 22, la vigilancia de la salud (voluntaria salvo excepciones, confidencial). El art. 29 fija las obligaciones del trabajador (usar correctamente equipos y EPI, no anular dispositivos de seguridad, informar de riesgos), cuyo incumplimiento es falta disciplinaria.
Los riesgos de seguridad son los que pueden causar accidente: caídas al mismo y distinto nivel, cortes con material punzante, golpes, atrapamientos, contactos eléctricos e incendios. Los riesgos higiénicos derivan de agentes ambientales:
Regulada por el RD 487/1997. La manipulación manual de cargas (MMC) es cualquier operación de transporte o sujeción (levantar, colocar, empujar, tirar, mover) que entrañe riesgos dorsolumbares. Datos memorizables (Guía Técnica INSST):
Derivan de la organización del trabajo. El INSST reconoce el estrés laboral, el burnout (cansancio emocional, despersonalización y baja realización), el acoso laboral (mobbing), el acoso sexual, la violencia en el trabajo y la carga mental/fatiga. Factores: turnicidad y nocturnidad, presión asistencial, falta de autonomía, conflicto de rol. Herramienta oficial de evaluación: método FPSICO del INSST.
El Plan vigente se publicó en BOJA nº 132 de 2020 y entró en vigor el 10 de octubre de 2020 (el primer Plan databa de 2005). Contempla agresiones verbales y físicas. Medidas clave:
Toda agresión debe comunicarse y registrarse; el SAS facilita acompañamiento y, en su caso, denuncia. La agresión es además accidente de trabajo, por lo que procede el documento CATI.
1. ¿Cuál es la norma que regula con carácter general la prevención de riesgos laborales en España?
La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, es la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), publicada en el BOE, y constituye la norma general en esta materia.
2. Según el artículo 4.2 de la LPRL, ¿cómo se define 'riesgo laboral'?
El art. 4.2 LPRL define 'riesgo laboral' como la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo.
3. De acuerdo con el artículo 4.3 de la LPRL, los 'daños derivados del trabajo' se definen como:
El art. 4.3 LPRL define 'daños derivados del trabajo' como las enfermedades, patologías o lesiones sufridas con motivo u ocasión del trabajo.
4. ¿Qué se entiende por 'equipo de protección individual' (EPI) según el artículo 4.8 de la LPRL?
El art. 4.8 LPRL define 'equipo de protección individual' (EPI) como cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para protegerle de uno o varios riesgos.
5. Según el artículo 4.7 de la LPRL, ¿qué es una 'condición de trabajo'?
El art. 4.7 LPRL define 'condición de trabajo' como cualquier característica del mismo que pueda tener influencia significativa en la generación de riesgos.
6. ¿Sobre quién recae el coste de las medidas de seguridad y salud en el trabajo según el artículo 14.5 de la LPRL?
Según el art. 14.5 LPRL, el coste de las medidas de seguridad y salud no recaerá en modo alguno sobre los trabajadores.
7. El artículo 14.1 de la LPRL reconoce a los trabajadores el derecho a:
El art. 14.1 LPRL reconoce el derecho de los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud, con un deber correlativo del empresario.
8. Dentro de los principios de la acción preventiva del artículo 15 de la LPRL, ¿qué tipo de protección debe anteponerse?
El art. 15.1.h LPRL establece que se debe anteponer la protección colectiva a la individual.
9. ¿Cuál de los siguientes NO es un principio de la acción preventiva recogido en el artículo 15.1 de la LPRL?
El art. 15.1 LPRL enumera principios como evitar riesgos, combatirlos en origen y sustituir lo peligroso; trasladar el coste al trabajador no figura entre ellos, ya que el art. 14.5 establece que el coste nunca recae sobre el trabajador.
10. Según el artículo 17.2 de la LPRL, ¿cuándo debe el empresario proporcionar EPI adecuados al celador?
El art. 17.2 LPRL obliga al empresario a proporcionar EPI adecuados cuando los riesgos no puedan evitarse por medios técnicos de protección colectiva.
11. Respecto a la formación en prevención del artículo 19 de la LPRL, ¿cómo debe impartirse?
El art. 19.2 LPRL establece que la formación se imparte dentro de la jornada y sin coste para el trabajador.
12. Según el artículo 19.1 de la LPRL, la formación que debe garantizar el empresario al celador ha de ser:
El art. 19.1 LPRL obliga al empresario a garantizar formación teórica y práctica, suficiente y adecuada, al contratar y ante cambios, centrada en el puesto.
13. El artículo 20 de la LPRL obliga al empresario a adoptar medidas de emergencia en materia de:
El art. 20 LPRL obliga al empresario a adoptar medidas de emergencia en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación.
14. Conforme al artículo 22.1 de la LPRL, la vigilancia de la salud tiene, con carácter general, naturaleza:
El art. 22.1 LPRL establece que la vigilancia de la salud es periódica y, con carácter general, voluntaria (requiere consentimiento), salvo excepciones tasadas.
15. El artículo 22.2 de la LPRL, en relación con la vigilancia de la salud del celador, exige respetar:
El art. 22.2 LPRL exige respetar la intimidad, la dignidad y la confidencialidad de la información de salud del trabajador.
16. Según el artículo 29.1 de la LPRL, ¿cuál es una obligación del propio celador en materia preventiva?
El art. 29.1 LPRL impone a cada trabajador velar por su propia seguridad y la de las personas afectadas por su actividad.
17. ¿Qué consideración tiene, según el artículo 29.3 de la LPRL, el incumplimiento por el trabajador de sus obligaciones preventivas?
El art. 29.3 LPRL establece que el incumplimiento de las obligaciones preventivas por el trabajador tiene consideración de falta disciplinaria laboral.
18. ¿Cuál de los siguientes es un riesgo de seguridad propio del puesto de celador?
Entre los riesgos de seguridad del celador figuran caídas al mismo y a distinto nivel, cortes con material punzante, golpes, contactos eléctricos e incendios.
19. El contacto del celador con pacientes, fluidos, residuos y material contaminado lo expone principalmente a un riesgo:
Los celadores están expuestos a riesgos biológicos por contacto con pacientes, fluidos, residuos y material contaminado, con riesgo de hepatitis B/C y VIH.
20. Los riesgos químicos del celador derivan principalmente de:
Los riesgos químicos del celador derivan de desinfectantes, citostáticos y antisépticos, que pueden causar irritación de piel, ojos o vías respiratorias y alergias.
21. Indique cuál de los siguientes daños está asociado específicamente al riesgo higiénico de tipo biológico en el celador:
El riesgo biológico del celador, derivado del contacto con pacientes, fluidos, residuos y material contaminado, conlleva riesgo de contagio de hepatitis B/C y VIH; las demás opciones corresponden a riesgos de seguridad o ergonómicos.
22. Según el artículo 29.2 de la LPRL, en relación con los dispositivos de seguridad y los EPI, el celador debe:
El art. 29.2 LPRL obliga al trabajador a usar correctamente máquinas y EPI, no poner fuera de servicio dispositivos de seguridad e informar de inmediato de los riesgos.
23. ¿Qué norma regula específicamente la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores?
La manipulación manual de cargas está regulada por el Real Decreto 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores (transpone la Directiva 90/269/CEE). Los distractores son normas reales pero de objeto distinto: Ley 31/1995 (LPRL, marco general), RD 39/1997 (Reglamento de los Servicios de Prevención) y RD 773/1997 (equipos de protección individual).
24. Según la definición aplicable, ¿qué se entiende por manipulación manual de cargas?
Se entiende por manipulación manual de cargas cualquier operación de transporte o sujeción de una carga por parte de uno o varios trabajadores (levantar, colocar, empujar, tirar o mover) que por sus características o condiciones ergonómicas inadecuadas entrañe riesgos, en particular dorsolumbares. Las demás opciones son parciales o falsas.
25. Según la Guía Técnica del INSST, ¿cuál es el peso máximo recomendado para una carga en condiciones ideales de manipulación?
El peso máximo recomendado para una carga en condiciones ideales de manipulación es de 25 kg, según la Guía Técnica de manipulación manual de cargas del INSST.
26. Para una mayor protección de colectivos como mujeres, trabajadores jóvenes o mayores, ¿a qué valor se reduce el peso recomendado de la carga?
Para mayor protección de colectivos como mujeres, trabajadores jóvenes o mayores (o si se quiere proteger a la mayoría de la población), el peso recomendado no debería superar los 15 kg, según la Guía Técnica del INSST.
27. En situaciones especiales y para trabajadores sanos y entrenados, manipulando la carga de forma esporádica, ¿hasta qué peso podría llegar la carga según la Guía Técnica del INSST?
En situaciones especiales y para trabajadores sanos y entrenados, manipulando la carga de forma esporádica y en condiciones seguras, el peso podría llegar hasta 40 kg, según la Guía Técnica de manipulación manual de cargas del INSST.
28. En relación con el riesgo dorsolumbar, ¿qué se afirma sobre las cargas inferiores a 3 kg?
Las cargas inferiores a 3 kg no suponen, en general, riesgo dorsolumbar significativo, aunque pueden causar otros trastornos musculoesqueléticos (por ejemplo, en brazos y manos por movimientos repetitivos), según el INSST.
29. ¿Qué establece el INSST respecto a las cargas que superan los 25 kg?
Cualquier carga que supere los 25 kg puede constituir un riesgo en sí misma aunque no concurran otras condiciones ergonómicas desfavorables, según el INSST.
30. ¿Cuál de las siguientes describe correctamente la técnica adecuada de levantamiento manual de cargas?
La técnica correcta de levantamiento exige mantener la espalda recta, flexionar las rodillas, mantener la carga pegada al cuerpo y evitar giros de tronco, según la Guía Técnica de manipulación manual de cargas (RD 487/1997). Las demás opciones describen prácticas incorrectas y lesivas.
31. Un celador del SAS recoge una bolsa de residuos sanitarios y nota que sobresale una aguja que le pincha en el dedo. Este tipo de incidente, ¿a qué categoría de riesgos del puesto de celador pertenece principalmente?
Entre los riesgos de seguridad del celador figuran los cortes/pinchazos con material punzante, junto con caídas, golpes, contactos eléctricos e incendios. (El pinchazo además conlleva riesgo biológico, pero la categoría del incidente mecánico es de seguridad.)
32. Una celadora traslada a un paciente y entra en contacto con sus fluidos corporales sin protección adecuada. ¿A qué tipo de riesgo higiénico se expone con riesgo de hepatitis B/C y VIH?
Los celadores están expuestos a riesgos biológicos por contacto con pacientes, fluidos, residuos y material contaminado, con riesgo de hepatitis B/C y VIH.
33. Un celador debe limpiar un derrame de un desinfectante y de un antiséptico en una sala. Estos productos pueden producirle irritación de piel, ojos o vías respiratorias y alergias. ¿Qué tipo de riesgo higiénico está implicado?
Los riesgos químicos del celador derivan de desinfectantes, citostáticos y antisépticos, que pueden causar irritación de piel, ojos o vías respiratorias y alergias.
34. En el hospital se va a entregar a un celador unos guantes y unas gafas de protección destinados a ser llevados por él para protegerle del contacto con productos químicos. ¿Cómo denomina la LPRL a ese tipo de equipo?
El art. 4.8 LPRL define el equipo de protección individual (EPI) como cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para protegerle de uno o varios riesgos.
35. La dirección del centro plantea instalar barreras y protecciones colectivas frente a un riesgo de seguridad, pero un mando propone dar directamente EPI a cada celador por ser más barato. Según los principios de la acción preventiva, ¿qué debe primar?
El art. 15.1.h LPRL establece que se debe anteponer la protección colectiva a la individual dentro de los principios de la acción preventiva.